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III CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE OFICINAS Y DESPACHOS DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA. 2016-2018
Jueves 24 de mayo de 2018, por
El presente Convenio será de aplicación a todas las empresas en las que la actividad real preponderante que desempeñen sus empleados/as corresponda al sector de oficinas y despachos de la provincia de Málaga.
Estarán excluidos de este Convenio aquellos subsectores que dispongan de regulación propia y cuya aplicación sea legalmente obligatoria en la provincia de Málaga.
Artículo 2. Ámbito personal
1. Las disposiciones contenidas en este Convenio Colectivo serán
de aplicación a todas las personas trabajadoras de las empresas inclui-
das en sus ámbitos funcional y territorial.
2. Del ámbito personal descrito anteriormente, quedan excluidos
los siguientes colectivos:
– El personal con contrato de alta dirección.
– Los abogados en despachos de abogados regulados en el Real Decreto 1331/2006 de 17 de noviembre.
Artículo 3. Ámbito temporal, denuncia y prórroga
1. El presente Convenio Colectivo entrará en vigor el día 1 deenero de 2016, con independencia de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre de 2018.