Los hechos
Hace unos meses la Supervisora del grupo de emisiones tarde en el centro de Málaga estableció unilateralmente que ese día solo podían bajar simultáneamente tres personas a ‘fumar’, eufemismo que se utiliza en CATsa para referirse a la pausa de 5 minutos de Pantalla de Visualización de Datos (PVD) recogida en el art.56 del III Convenio Esatal de Telemárketing.
J.L., Delegado Sindical de CNT, se levantó para comunicarle que teniendo en cuenta que el grupo de emisiones tarde era de unas 100 personas, y que como reza el mencionado artículo, la pausa de 5 minutos, una por hora de trabajo, no se puede adelantar ni retrasar más de 15 minutos, o se incumplía la norma impuesta unilateralmente de sólo bajar 3 personas a fumar, o se incumplía el art.56 del Convenio. Ante la respuesta omisa de dicha Supervisora, J.L. procedió a tomarse la pausa de 5 minutos.
Represalias sindicales
A los dos días el Responsable de Servicios cita a J.L. para comunicarle una amonestación por escrito por haber incurrido, según la empresa, en una falta grave. Dicha sanción fue recurrida por CNT. ante los Juzgados, y la sentencia emitida recientemente da la razón al trabajador, y deja sin efecto la falta grave impuesta al compañero J.L.
Tras los despidos de los compañeros Patricia y Alberto, afiliados a CNT, se intenta ahora amedrentar a nuestro Delegado Sindical con una sanción que solo hace que confirmar la estrategia de represión sindical ante la única organización que realmente lucha por los intereses del conjunto de los trabajadores.
Usos y abusos
Todos sabemos que no es la primera, ni será la última, ocasión en la que recibimos por parte de Coordinación o Supervisión órdenes injustas, que vienen de más arriba o a veces son de cosecha propia. Salvo que entendamos que tales órdenes violan nuestros Derechos Fundamentales, nuestro consejo es primero cumplir dicha orden y luego ponerse en contacto la Sección Sindical de CNT para denunciar los hechos. Queremos hacer mención especial, ahora que se acerca el verano, de la probable campaña por parte de CATsa para que hombres, y solo hombres, no vistan pantalón corto, bermudas, etc… Desde CNT pedimos la desobediencia laboral a dicha órden en caso de que se produzca, pues es un caso flagrante de discriminación por motivo de género.
Organízate y lucha
Sección Sindical de CNT en CATsa