Artículo 1. Ámbito personal y funcional.
El presente convenio colectivo, obliga por igual a todas las empresas, que su dedicación sean actividades de limpieza de edificios y locales.
Serán de aplicación a todas las empresas y trabajadores tanto fijo como eventuales, así como los que efectúen sustituciones o interinidad, siempre que trabajen por cuenta ajena en alguna de las empresa dedicadas a la actividad de la limpieza de edificios y locales de Málaga y su provincia, incluso para aquellas empresas que ubicadas en esta provincia tenga su sede social fuera de la misma.
Artículo 2. Ámbito temporal
El presente convenio se establece por 2 años contando su vigencia a todos los efectos desde el 01/01/2012 al 31/12/2013, sea cual fuese su publicación en el BOP, fijándose como anexo al presente convenio las tablas salariales a aplicar durante los años 2012-2013.
Artículo 3. Denuncia y prórroga
El presente convenio se entenderá prorrogado por años sucesivo una vez llegado su vencimiento, si no hubiese sido denunciado y mantedrá su ultractividad mientras tanto no se negocie un nuevo convenio.